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Abogados De Extranjería En Sevilla Denuncian Expulsiones Exprés De Inmigrantes A Su Salida De Prisión

Âòîðíèê, 23 Ôåâðàëÿ 2021 ã. 04:52 + â öèòàòíèê

Abogados De Extranjería En Sevilla Denuncian "expulsiones Exprés" De Inmigrantes A Su Salida De Prisión


Le expulsaron de España a mediodía del pasado cuatro de noviembre. Le montaron en un barco y le dejaron, sin pasaporte, en la frontera de Ceuta. Después de cumplir 2 condenas completas y pasar diez años en la prisión, este antiguo vecino de Lora de Estepa (Sevilla), de treinta y cinco años, ha sido devuelto a su país de origen, Marruecos, y no podrá poder volver en diez años a zona Schengen. Es "el pan de día a día" de los abogados del turno de oficio de extranjería en Sevilla, que denuncian la imposiblidad de acogerse a otros supuestos que prevé la ley y que pueda dar alguna posibilidad de reinserción como prevé, sin ir más allá, la Constitución Española.

España admite que vulneró los derechos humanos de una inmigrante al ordenar su expulsión


A esta personas específicamente, como a tantos otros, se le aplicó el artículo 57.2 de la por haber sido sancionado con pena privativa de libertad superior a un año. "Ha cumplido con creces con la justicia y hasta las últimas consecuencias ¿es que siempre y en todo momento va a estar condenado?", se pregunta su 'padre de acogida', Enrique Priego, vecino de Pedrera. "Cada vez podemos hacer menos, porque están delimitando y acotando; cuando no es la ley, son los propios tribunales, y cada vez nos dejan menos margen de actuación, en general es muy rápido; ha cumplido su condena y si sale de cárcel es por el hecho de que está rehabilitado", explica la letrada que le fue asignada de oficio, Mercedes Portillo.


La resolución de expulsión, a la que ha tenido acceso este periódico, apenas menciona la inaplicación de las salvedades del artículo quinientos setenta y cinco de la citada ley, que la letrada comprende aplicable a este caso, ni las circunstancias personales del extranjero, que en un caso así es ser padre de hija de España. El precepto al que menciona su abogada dispone que "la sanción de expulsión no va a poder ser impuesta" salvo que la infracción cometida sea la prevista en el artículo 54.1a, es decir, "participar en actividades contrarias a la seguridad nacional". La resolución apunta que "los hechos declarados probados en las sentencias condenatorias revelan (...) una amenaza real y suficientemente grave para el orden público".


"¿Qué peligro para la seguridad nacional tiene este hombre? Existe jurisprudencia suficiente para que no se aplique ese artículo 57.2 a un preso común", lamenta. La letrada apunta que ninguno de los delitos por lo que este marroquí ha cumplido las condenas presentan un riesgo de orden público y se pregunta por qué razón a los españoles no se les aplica medidas tras el cumplimiento de una condena penal. abogado de inmigracion honorarios extranjeria La resolución argumenta que "no acredita actividad laboral desde octubre de 2005" (cuando entró en la cárcel) y que "no acredita singulares vínculos económicos con este país", aunque no mienta que este hombre tiene una hija natural de España.


Como hemos dicho, el caso de este marroquí (A.E.S.) no es apartado, en tanto que aluden a estas situaciones y afines otros compañeros del Servicio de Asistencia y Orientación Jurídica al Inmigrante (SAOJI) de Sevilla. "Desgraciadamente es el pan nuestro de día tras día para los abogados del turno de oficio de extranjería", cuenta la letrada, que lamenta que estas personas son "dos veces condenados por lo mismo". Si las medidas privativas de libertad están orientadas a la reinserción social, como dice la Constitución, no semeja que ese objetivo se cumpla en este caso y en otros con penas menos graves. "Este hombre ha cumplido con creces su delito", insiste.

Si no ratifica la demanda, se archiva


Para Gonzalo Álvarez-Ossorio, organizador del SAOJI de Sevilla, "esto viene siendo algo habitual desde hace un par de años, ya antes no pasaba tanto" y las órdenes de expulsión sobre extranjeros condenados que salen de la prisión son más frecuentes ahora. En otros lugares depende también del conjunto policial que toque, incluso del juzgado, llegado el momento. "Muy frecuentemente es un procedimiento exprés", señala. La abogada Mercedes Portillo comenta que "nuestro Código Penal está encaminado hacia la reinserción social del criminal y, desgraciadamente, no se ve de esta manera, sino como una ley sancionadora".


En ese sentido apunta en su demanda contra la resolución de expulsión dictada por la Subdelegación del Gobierno en Sevilla que ninguno de los hechos por los que fue condenado "consisten en participar en actividades contrarias a la seguridad nacional o bien que pueden perjudicar las relaciones de España con otros países, o estar implicados en actividades contrarias al orden público previstas como muy graves en la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, tal y como establece el citado artículo 54.1a de la citada Ley de Extranjería. "A todos y cada uno de los extranjeros condenados les abren expedientes de expulsión, entonces ya vamos a ver", sentencia.


La letrada explica otra circunstancia y es que "las demandas por la vía contenciosa se están señalando para en dos años. Si llega a gestionarse pronto, tarda 15 días la primera providencia. Si lo expulsan, como es el caso, se impide que les representemos como abogados del turno de oficio pues nos están obligando a que el extranjero ratifique ante los tribunales el apoderamiento a favor nuestro. Si no está él, no puede aprobar el nombramiento y, como no ratifique, la demanda se archiva de manera directa. Es una grave indefensión".


José Luis Guerrero, otro letrado del turno de oficio de Sevilla, apunta también que en esté campo de extranjería "todos son tratados como delincuentes, no como supuestos" y que "hay casos horribles todos los días", con "atropellos a los derechos esenciales". En relación con una reciente usuario extranjera cuenta la historia de que su esposo, que vivía cerca de Donetsk (Ucrania), intentó reagruparlo aquí en Sevilla cuando comenzaron los inconvenientes en aquel país. "Se les negó la reagrupación por un par de veces y el hombre tuvo que venir de forma irregular y pedir asilo para conocer a su hijo, ya después de haber nacido". Y augura, en esa línea, que "van a procurar compensar el cupo de asilados que está ahora por llegar con el máximo número de expulsiones".

Una emigración de tantas


Pero la historia de A.E.S. se empieza a contar desde el comienzo. Con trece años decidió desamparar su país y se embarcó en la aventura europea. Escondido en la rueda de un camión, apareció en la sierra de Ronda (Málaga) y fue llevado al centro de acogida urgente de menores desprotegidos Talita-Kum, de Sevilla, cerrado más tarde en mil novecientos noventa y nueve. Trasladado a Pedrera, aquel joven fue uno de tantos que trabajó en la construcción y empezó a formar una familia lejos de sus orígenes.


Su familia de primera acogida, del mismo modo que su letrada, han tratado en los últimos días de evitar que fuera expulsado. Había cumplido íntegramente rutas sentencias en tres prisiones andaluzas (Huelva, Sevilla y Morón de la Frontera) por intento de asesinato sobre su cuñado y violencia de género sobre su expareja, de nacionalidad de España, con quien tiene una hija en común, de ahora catorce años.


El 4 de noviembre cumplía una condena (de nueve años y 7 en meses en suma). Un mes ya antes, el Ministerio del Interior le comunicó que cuando consiguiera la libertad, debería salir de España. telefonos de abogados de inmigracion Desde ese momento, un par de intentos de suicidio. "En Marruecos no le espera absolutamente nadie, no tiene raíces familiares, aquí tiene su casa. Siempre y en todo momento le han denegado los permisos para salir provisionalmente de la cárcel", dice Enrique Priego, su padre de acogida. Al tener antecedentes penales, no le renuevan el permiso de vivienda, comentan asimismo desde la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, lugar desde donde apuntaron que quizá la única vía de lucha para que pudiera quedarse sería el hecho de tener una hija española.


Enrique Priego también mostró su extrañeza por el hecho de que no consta en los registros de entrada su reciente paso por el Centro de salud Virgen del Rocío para que le curaran de los cortes que se hizo a sí mismo en cuello y muñecas al saber su irremediable destino, así como que ya no le dejasen visitarle en la prisión Morón hace unas semanas. "Le hemos visitado cada vez que hemos podido mas el último día no me dejaron pasar", lamenta. Su expareja ha tratado de quitarle la patria potestad y su hija no ha tenido contacto con él en todo este tiempo de privación de libertad al no contar con de autorización para esto, explica su 'padre de acogida'.


Las últimas horas las pasó en el Departamento de Extranjería de la Comisaría de la Policía Nacional en Blas Infante, en la capital hispalense, esperando desde los calabozos una orden proveniente de Madrid para trasladarlo a Algeciras o a Ceuta. "Estaba muy nervioso", comenta Enrique Priego, mientras que esperaba a que se resolviera su recurso contra la orden de expulsión que se le había impuesto, pero la medida cautelarísima no llegó. Ahora han contactado con él en Tanger.

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