Que Hacer Si Te Niegan La Solicitud De Asilo En EspañA RóMulo Parra Abogado |
Como comentamos en un artículo anterior, . De hecho, en dos mil dieciseis solo consiguieron asilo propiamente dicho unas 355 personas, mientras que los demás adjudicatarios (unos seis.500) fueron ciudadanos sirios, a quienes se les otorgó la llamada protección subsidiaria.
No obstante, si te niegan la petición de asilo en España no quiere decir que hayas alcanzado el fin del camino. Existe la posibilidad de procurar los pertinentes recursos administrativos y contencioso-administrativos. Además de esto, aunque no seas beneficiario del asilo, podrías optar, si cumples los requisitos, a un permiso de vivienda y trabajo. Te lo explicamos a continuación.
El procedimiento para solicitar protección internacional (asilo o bien protección subsidiaria) cuando la persona se encuentra en España, tiene múltiples pasos:
El primero es presentar la solicitud frente a la oficina de extranjería o bien frente a la comisaría de policía nacional correspondiente.
A continuación, el gobierno de España va a decidir –usualmente en el plazo de un mes- si la acepta o no a trámite.
La mayoría de los casos son admitidos a trámite, puesto que las causas de inadmisión son muy reducidas (que ya te hayan negado el asilo anteriormente, por ejemplo). Esta admisión a trámite no se pronuncia para nada sobre el fondo del asunto, o sea, sobre si procede o bien no la protección internacional. Sencillamente quiere decir que el Estado va a estudiar tu caso, conforme con tus que hayas presentado.
No obstante, esta admisión a trámite tiene esenciales consecuencias. En efecto, te emiten una , que tiene un número de identificación de extranjero y te autoriza a radicar en España legalmente mientras se decide tu caso. Si a los seis meses no lo han resuelto, te renuevan dicha tarjeta por un plazo igual y de manera expresa te autorizan a trabajar, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia (autónomo). Esta renovación se repite hasta el momento en que resuelven tu caso definitivamente.
Luego de una o bien varias prórrogas de la tarjeta roja, el Ministerio del Interior emite una resolución aceptando o bien denegando la petición de protección internacional (asilo o bien protección subsidiaria). Se trata de un acto administrativo motivado, en el que se explican las razones por las que se otorga o no el cobijo.
Frente a la citada resolución que decide desfavorablemente tu petición de protección internacional, tienes múltiples caminos:
Si estás conforme con el no otorgamiento de la solicitud de asilo, puedes simplemente acatarlo. En ese caso, puesto que ya te encontrarás en situación irregular en España, tienes quince días continuos para abandonar en forma voluntaria el país. Si no sales de territorio de España de forma voluntaria dentro de dicho plazo, te pueden abrir un procedimiento sancionatorio, que culmine con una orden de expulsión.
Por el contrario, si no estás conforme con la denegatoria de la petición de asilo, puedes presentar un recurso de reposición, en el mes natural siguiente contado desde la data en que te notificaron la denegatoria. La decisión del recurso puede tardar múltiples meses. Si la resolución del recurso es también negativa, puedes intentar una demanda frente a la jurisdicción contencioso-administrativa, que también toma un tiempo para ser tramitado (usualmente entre seis meses y un año). En este caso, sólo si declaran sin lugar el recurso y esta decisión judicial queda definitivamente firme es que te abrirían un procedimiento de expulsión.
En otras palabras, la expulsión en los dos supuestos que mentamos anteriormente, no es automática, sino que precisa de un procedimiento administrativo auxiliar, que puede tomar algunos meses más. cita previa de huellas Por su parte, contra la decisión acordando la expulsión, puede intentarse tanto un recurso administrativo de reposición o de alzada, según el caso y, si la resolución del recurso es confirmatoria, una demanda ante la jurisdicción contencioso administrativa.
Estamos hablando, en consecuencia, de un largo proceso que puede tardar de manera fácil un par de años. Es conveniente que lo tengas presente si, por ejemplo, estás pensando en pedir un permiso de vivienda y trabajo por circunstancias inusuales por arraigo social (te recomendamos que leas nuestro artículo “”).
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