Comisiones Obreras De Madrid |
De acuerdo con el artículo 1.1.de la Ley de Extranjería, "se consideran extranjeros, a los efectos de la aplicación de la presente ley, a los que carezcan de la nacionalidad de España". La Ley de extranjería es la normativa que regula los derechos, obligaciones y libertades de las personas extranjeras en España, como su integración social. La Ley de Extranjería agrega que “como criterio interpretativo general, se entenderá que los extranjeros ejercitan los derechos que les reconoce esta Ley en igualdad de condiciones con los españoles”
Existen 2 Regímenes de Extranjería en España:
Régimen General de Extranjería, regulado por la Ley de Extranjería y el Reglamento que la desarrolla.
Régimen Comunitario de Extranjería, regulado por los Tratados de adhesión de España a la Unión Europea, así como por el Derecho Derivado (Reglamentos, Directivas europeas, etc.).
¿Quién es una persona asilada?
De acuerdo con la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Asilados, una persona asilada es quién "debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado conjunto social o bien opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o bien, a raíz de dichos miedos, no desee acogerse a la protección de su país; o bien que careciendo de nacionalidad y hallándose, como consecuencia de semejantes acontecimientos fuera del país donde ya antes tuviese su vivienda frecuente, no pueda o, a causa de dichos miedos no quiera regresar a él"..
La condición de persona asilada se adquiere por resolución del Ministerio del Interior.
¿Cómo se puede “obtener la residencia legal” en España?
Para radicar y trabajar en España es necesario ser titular de una autorización de vivienda y/o trabajo, y para obtenerlas hay que reunir los requisitos exigidos, proseguir el procedimiento establecido, según los casos, y aportar la documentación precisa.
Los requisitos generales que debe reunir el extranjero o bien extranjera para obtener una autorización, aparte de no encontrarse irregularmente en territorio español, son carecer de antecedentes penales, no figurar como rechazable en el espacio Schengen, que haya trascurrido el plazo de compromiso de no regreso caso de que haya retornado de manera voluntaria a su país de origen, y el pago de la tasa pertinente.
¿Qué tipos de vivienda existen?
Las personas extranjeras en territorio de España se pueden hallar en situación de estancia o bien de residencia
- Estancia: es la situación en la que se puede continuar en España por un tiempo no superior a 90 días. La estancia se solicita cuando deseas venir a España por otros motivos diferentes de los laborales o de residencia (estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado, razones médicas, negocios, causas familiares, turismo…).
Es preciso pedir el pertinente visado frente a las Autoridades diplomáticas o consulares españolas en el país de origen a menos que la persona extranjera sea nacional de un país que esté exento de él.
Se va a poder pedir la prórroga de estancia, antes de que transcurran los noventa días iniciales, cuando la persona extranjera no tenga exigencia de visado si existen razones de carácter excepcional para permanecer en España.
- Vivienda temporal: es la situación por la que se autoriza a permanecer y radicar en España, de manera no permanente, por un periodo superior a 3 meses y también inferior a cinco años. La autorización inicial de vivienda temporal tiene valía de 1 año que será renovable si se cumplen los requisitos exigidos. Existen diferentes tipos de residencia temporal y ciertos autorizan a trabajar.
Entre las primordiales autorizaciones de vivienda temporal se encuentran: residencia temporal y trabajo, autorización de residencia por circunstancias excepcionales, por reagrupación familiar y vivienda temporal no rentable (sin ejercer actividades laborales).
La autorización inicial de vivienda temporal y trabajo se concede para un año y está limitada para un campo y un campo geográfico específicos. Las renovaciones se otorgan por dos años y no tienen limitación para trabajar; se va a poder hacer en todo el territorio nacional y en cualquier ocupación. Las renovaciones se deben solicitar a lo largo de los 60 días naturales previos a que finalice la vigencia de la autorización previa, y dentro de los 90 días naturales posteriores a esa data.
La renovación de las autorizaciones de vivienda temporales no rentables o por reagrupación familiar están sostienes a los medios de tipo económico propios y medios de vida del familiar del que depende el titular de la autorización, respectivamente.
Para renovar la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia se valorará la continuidad de la actividad y estar al corriente de pagos en Seguridad Social y Hacienda.
El resto de autorizaciones de vivienda temporal se renuevan conforme requisitos específicos para cada género de autorización.
- Vivienda de larga duración es la situación en la que se puede permanecer y radicar en España por un periodo indefinido y trabajar en exactamente las mismas condiciones que los ciudadanos y ciudadanas españolas.
Para poder acceder a la residencia de larga duración hay de acreditar haber residido legalmente y de forma continuada en el territorio español durante cinco años y sin que haya existido en ese período ausencias del territorio español superiores a 10 meses. Hay otros supuestos en los que se puede solicitar la vivienda de larga duración.
La Tarjeta de Identidad de Extranjero que acredite la residencia de larga duración se entrega para 5 años y habrá que renovarla cuando se caduque. Este trámite es sencillísimo pues sólo hay que asistir a las Oficinas de Extranjería correspondientes para poner huellas y pagar la tasa oportuna.
Para cualquier renovación es indispensable no haber superado los periodos máximos de salida de España estipulados por la legislación.
¿En quécircunstancias inusuales puede una persona extranjera, que vive y trabaja en España y no tiene autorización de vivienda y trabajo, solicitar una Autorización de residencia temporal?
- ARRAIGO LABORAL: acreditando permanencia continuada en España durante un mínimo de un par de años, carecer de antecedentes penales y probar una o varias relaciones laborales por una duración mínima de seis meses o más, a través de sentencia judicial o acta de la inspección de trabajo.
- ARRAIGO SOCIAL: acreditando permanencia en España durante 3 años por lo menos, contar con un contrato de trabajo de duración no inferior a un año o proyecto de establecimiento o actividad a realizar por cuenta propia -con indicación de la inversión prevista, la rentabilidad esperada y puestos que se prevea crear-, tener vínculos familiares con residentes legales oespañoles –ascendientes, cónyuge y descendientes o bien, informe de inserción social emitido por la Comunidad Autónoma y carecer de antecedentes penales.
- ARRAIGO FAMILIAR: acreditando demostrar ser hijo de padre o bien madre que originariamente fuesen españoles o bien ser padre o bien madre de un menor de nacionalidad española y carecer de antecedentes penales. Para este supuesto, no se precisa acreditar tiempo de permanencia en España.
En todos y cada uno de los casos anteriores, se dará una autorización de residencia por circunstancias excepcionales con derecho a trabajar a lo largo de un año.
¿De qué manera se puede conseguir una autorización de residencia y trabajo por cuenta extraña en régimen general?
Si se quiere residir en España realizando una actividad laboral es necesario obtener una autorización de residencia y/o trabajo.
Si se desea trabajar por cuenta ajena la autorización de trabajo y vivienda inicial:
a) Ha de ser pedida personalmente por el empleador/a y en el caso de empresas, por su representante legal, en la Oficina de Extranjeros pertinente a la provincia donde tenga su domicilio el trabajador/a o, donde se vaya a realizar la actividad laboral.
b) El trabajador/a no podrá estar en España en situación irregular en el momento de la solicitud.
c) Se va a poder aplicar la situación nacional de empleo.
d) La autorización que se obtenga va a poder limitarse a una ocupación y ámbito geográfico concreto.
e) Su validez será de 1 año y podrá ser renovada si se cumplen los requisitos exigidos.
Supuestos específicos en que no se aplica la situación nacional de empleo:
a) Los familiares reagrupados en edad laboral, o el cónyuge o bien hijo/a de extranjero/a residente en España con una autorización renovada, como al hijo/a de español/a nacionalizado/a o bien de ciudadanos de otros Estados miembros de la UE y de otros Estados parte en el Espacio Económico Europeo, toda vez que estos últimos lleven, como mínimo, un año radicando legalmente en España y al hijo/a no le sea de aplicación el régimen comunitario.
b) Los/as titulares de una autorización previa de trabajo que pretendan su renovación.
c) Los/as trabajadores necesarios para el montaje por renovación de una instalación o bien equipos productivos.
d) Los/as que hubieran disfrutado de la condición de refugiados/as, durante el año siguiente a la cesación de la aplicación de la Convención de Ginebra de veintiocho de julio de 1951, sobre el Estatuto de los Asilados, por los motivos recogidos en el supuesto 5 de la sección C de su artículo 1.
e) Los/as que hubiesen sido reconocidos como apátridas y los/as que hubiesen perdido la condición de apátridas el año siguiente a la terminación de dicho estatuto.
f) Los/as extranjeros/as que tengan a su cargo ascendientes o descendientes de nacionalidad española.
g) Los/as extranjeros/as nacidos y residentes en España.
h) Los/as hijos/as o nietos/as de de España de origen. ayuda legal para inmigrantes
i) Los/as menores extranjeros/as en edad laboral con autorización de residencia que sean tutelados por la entidad de protección de menores eficiente, para aquellas actividades que, a criterio de la citada entidad, favorezcan su integración social, y una vez acreditada la imposibilidad de retorno con su familia o al país de origen.
j) Los/as extranjeros/as que consigan la autorización de vivienda por circunstancias excepcionales en los presuntos que se determinen reglamentariamente y, en todo caso, cuando se trate de víctimas de violencia sexista o bien de trata de humanos.
k) Los/as extranjeros/as que hayan sido titulares de autorizaciones de trabajo para actividades de temporada, durante un par de años naturales, y hayan retornado a su país.
l) Los/as extranjeros/as que hayan renunciado a su autorización de vivienda y trabajo en virtud de un programa de retorno voluntario.
¿Cuándo se debe renovar la Autorización de vivienda y trabajo?
Tanto la autorización de vivienda y trabajo como la autorización de vivienda, se debe renovar en los sesenta días naturales precedentes a la data de su caducidad. También se puede hacer a lo largo de los noventa días naturales posteriores a la data de su expiración, en un caso así se incurre en infracción y posible sanción.
¿Qué requisitos hay que cumplir para poder renovar la autorización de residencia y trabajo?
Cualquiera de los siguientes:
1.- La continuidad en la relación laboral que dio lugar a la concesión de la autorización cuya renovación se pretende renovar.
2.- Una actividad laboral durante un mínimo de 6 meses por año y haber firmado un contrato de trabajo (con alta en Seguridad Social en el instante de la solicitud), o contar con de una nueva oferta de trabajo.
3.- Una actividad laboral de al menos tres meses por año y acreditar que la relación laboral que dio origen a la autorización se interrumpió por causas extrañas a la voluntad del trabajador/a, que se haya buscado activamente empleo y que se disponga, en el momento de la renovación, de un contrato de trabajo.
4.-Que se sea beneficiario/a de una prestación contributiva o asistencial de carácter público.
5.- Una actividad laboral por lo menos de nueve meses en un periodo de un doce o bien dieciocho meses en un periodo de veinticuatro, toda vez que la última relación laboral se hubiera interrumpido por causas ajenas a la voluntad del trabajador/a (despido o finalización de contrato) y que se haya buscado activamente empleo (inscripción como demandante de empleo en INEM)
6.- Asimismo se procederá a la renovación de vivienda y trabajo, si el cónyuge cumple con los requisitos económicos para la reagrupación familiar.
¿Dónde se pide la solicitud para renovar la autorización de vivienda y trabajo?
La solicitud de la renovación se solicita mediante cita anterior en la página www.mpt.gob.es, en cualquier registro público.o mediante correo administrativo en cualquier oficina de correos,y dirigido a la Oficina de Extranjería pertinente a la provincia en la que resida el trabajador/a.
¿En qué situaciones se concede la Autorización de Vivienda de larga duración?
La autorización de residencia de larga duración, autoriza a trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia y se otorga si:
1. Se ha residido legalmente de forma continuada en territorio de España durante cinco años, por lo menos.
2. Si se es residente y beneficiario/a de una pensión de jubilación contributiva
3. Si se es residente y beneficiario/a de una pensión de jubilación contributiva de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez
4. Si se ha nacido en España y al llegar a la mayoría de edad y se acredita haber residido en España durante los tres años sucesivos anteriores a la solicitud.
5. Si se fue de España de origen y se perdió la nacionalidad española.
6. Si al llegar a la mayoría de edad, se ha estado bajo la tutela de una entidad pública de España de forma consecutiva a lo largo de los cinco años de manera inmediata anteriores a la solicitud.
7. Si se acredita ser apátrida o bien refugiado
8. Si se ha contribuido de forma concida al progreso económico, científico o cultural de España o la proyección de España en el exterior.
¿Qué es la Tarjeta de Identificación de Extranjero/a (TIE)?
Es el documento que acredita la situación legal del extranjero/a en España.
Se va a poder solicitar tarjeta de identidad de extranjero/a si:
Se ha expedido un visado o bien una autorización para continuar en España por un periodo superior a seis meses.
Se ha modificado o perturbado la situación legal del titular de la tarjeta de identidad o bien su situación laboral, incluyendo la renovación de la autorización.
La tarjeta de identidad de la que disponían ha sido robada, perdida, destruida o inutilizada.
Persona legitimada para presentar la solicitud: la persona extranjera personalmente.
Lugar de presentación: en la Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización por la que se reconoce el derecho o bien se le autoriza a continuar en España.
Plazo de presentación: un mes desde la entrada en España o desde que la autorización sea concedida o, en su caso, desde que se generó el hurto, el extravío, la destrucción o bien la inutilización de la tarjeta.
Tasas por expedición de la tarjeta de identidad: la cuantía de la tasa depende de la autorización que documenta la tarjeta. Pueden ser:
Modelo doce “Tarjeta que documenta la primera concesión de la autorización de residencia temporal, de estancia o bien de trabajadores.….………………….……15,45 euros
Modelo doce “Tarjeta que documenta la renovación o bien prórroga de la autorización de residencia temporal, prórroga de estancia o de trabajadores transfronterizos”.18,54 euros
Modelo doce “Tarjeta que documenta la autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales”….………………………….………..….…..…15,45 euros
Modelo 012 “Tarjeta que documenta la autorización de residencia de larga duración o bien vivienda de larga duración-UE…………….......………….21,02 euros
La tarjeta de identidad va a tener idéntico periodo de vigencia que la autorización o bien el reconocimiento del derecho que justifique su expedición, y va a perder su valía cuando se genere la de la citada autorización.
Para dar la tarjeta de identidad de extranjero el interesado/a deberá acreditar ser el destinatario/a del documento y haber realizado el pago de las tasas establecidas.
Están exceptuados de la obligación de solicitar tarjeta de identidad de extranjero los titulares de una autorización de vivienda y trabajo de temporada.
¿Qué es el NIE?
Es el Número de Identidad de una persona Extranjera yaparece en la Tarjeta de Identificación de Extranjero/a (TIE). Está compuesto por una letra inicial, siete dígitos y una letra final.
Se trata de un número personal, único y exclusivo.
Si se radica de forma regular en España ¿cuánto tiempo se puede estar fuera del país?
Los periodos de estancia fuera de España van a depender del género de autorización que se tenga.
Autorizaciones temporales: se puede ausentar hasta un máximo de seis meses continuados en un año, toda vez que la suma de estas ausencias no supere los 10 meses durante los cinco años de vivienda legal hasta conseguir la Autorización de Residencia de Larga Duración.
Autorización de vivienda de larga duración: esta autorización se extinguirá cuando se genere la ausencia del territorio de la Unión Europea por un máximo de doce meses consecutivos.
Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano/a de la Unión Europea: la vigencia de esta tarjeta caducará por las ausencias superiores a seis meses en un año.
Tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano/a de la UE: las ausencias no podrán ser superiores a dos años sucesivos.
¿Qué es el empadronamiento?
Es la inscripción en el registro administrativo donde constan los vecinos del municipio De esta manera, toda persona que viva en España, así sea de España o extranjera, debe registrarse en dicho registro.
Empadronarse es un derecho y una obligación que, a su vez, te deja el acceso a otros derechos.
¿Quién puede empadronarse?
Pueden empadronarse tanto personas españolas como extranjeras, con independencia de que tengan autorización de vivienda. Para censarse es preciso acreditar dónde se vive. Esto se puede hacer a través de un contrato de alquiler o una factura de teléfono, por servirnos de un ejemplo. Si se cambia de domicilio es obligatorio darse de alta en el nuevo municipio.
Este empadronamiento debe renovarse cada 2 años, si bien no se haya cambiado de domicilio. Para esto, se asistirá al Municipio o bien Junta Municipal que corresponda y se rellenará un impreso que se facilita por exactamente la misma administración.
El Ayuntamiento o bien Junta Municipal pertinente, puede notificar que es preciso renovar el empadronamiento pues está próxima su caducidad, aunque no es obligatorio hacer esta notificación, con lo que es fundamental estar pendiente cuando se esté a puntito de cumplir los dos años.
En caso de no hacer esta renovación en el plazo que marca la ley, se inicia un procedimiento que va a suponer la baja en el registro.
La renovación del empadronamiento no debe hacerla el extranjero o extranjera que es residente de larga duración.
¿Cómo se puede adquirir la nacionalidad española?
Existen 2 formas de adquirir la nacionalidad española:
Adquisición originaria. Se genera de manera automática por el hecho de filiación o del nacimiento en España.
Adquisición derivada o bien sobrevenida. Se puede adquirir por adopción, posesión de estado, opción, carta de naturaleza y la manera más usual, por vivienda.
Nacionalidad española por residencia:
Plazo general de 10 años de vivienda legal, continuada y también de forma inmediata anterior al momento de la solicitud.
5 años en caso de que se sea refugiado/a.
2 años si se es nacional de un país iberoamericano, de Andorra, Filipinas, G. Ecuatorial, Portugal o sefardí.
Se precisa solo 1 año de vivienda legal si se da alguno de estos supuestos:
Haber nacido en territorio de España.
Haber estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o bien institución de España a lo largo de 2 años consecutivos; aun si continuase esta situación durante la solicitud.
Llevar un año casado/a con un español/a y no estar separado/a.
Ser viudo/a de un español/a y a la muerte del cónyuge no estar separados.
Haber nacido fuera de España, pero el padre o bien madre, abuelo o abuela, hubiesen sido originariamente españoles/as.
La petición de la nacionalidad por vivienda debe presentarse frente al Registro Civil de la localidad donde se resida.
¿Para qué familiares se puede pedir la reagupación familiar?
Se puede pedir la reagrupación familiar para los próximos familiares:
El cónyuge o persona con la que el extranjero o extranjera que reagrupa mantenga una relación de afectividad equivalente a la conyugal.
Los hijos de la persona reagrupante y del cónyuge o bien pareja, incluidos los adoptados/as (toda vez que la adopción genere efectos en España), menores de dieciocho años o discapacitados/as. Si es hijo/a de uno de los cónyuges o bien miembros de la pareja, éste/a va a deber ejercer en solitario la patria potestad o bien se le debe haber otorgado la custodia y estar ciertamente a su cargo. abogado reagrupacion familiar
Los/as menores a quienes representen legalmente (o bien mayores de dieciocho si tienen una discapacidad), si de este modo están reconocidos por los organismos de los países de origen.
Los progenitores propios (ascendentes en primer grado), o bien los del cónyuge o pareja en verdad, siempre que sean mayores de 65 años, estén a cargo y existan razones que justifiquen su residencia en España, y si el/la reagrupante es residente de larga duración.
El procedimiento de reagrupación familiar lo comienza el/la reagrupante desde España y va a poder hacerlo siempre y cuando tenga un año de residencia legal y haya pedido la renovación de la autorización para residir al menos otro año. Entre los requisitos esenciales para hacer la reagrupación familiar se exige contar con una residencia adecuada y con medios económicos suficientes que van a deber suponer el 150 por cien del IPREM mensual para reagrupar a un familiar, sumando el cincuenta por cien del IPREM más por cada miembro auxiliar.
Un familiar de un ciudadano/a de la UE que desee residir en España más de tres meses, ¿qué tramites debe realizar?
Los familiares de un ciudadano/a de un Estado miembro de la Unión Europea, de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que no ostenten la nacionalidad de uno de tales Estados, cuando se reúnan con él o le acompañen y vayan a residir en España por un periodo superior a 3 meses, deberán pedir y conseguir una tarjeta de familiar de ciudadano/a de la Unión.
ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA Y ESTADOS PARTE EN EL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO
Alemania
Austria
Bélgica
Bulgaria
Chipre
Dinamarca
Eslovaquia
Eslovenia
España
Estonia
Finlandia
Francia
Grecia
Hungría
Irlanda
Islandia *
Italia
Letonia
Liechtenstein*
Lituania
Luxemburgo
Malta
Noruega*
Países Bajos
Polonia
Portugal
Reino Unido
R. Checa
Rumanía
Suecia
*Espacio Económico Europeo (EEE)
¿Qué es un informe de vida laboral?
El informe de vida laboral es el documento oficial en el que se recogen cronológicamente todos los periodos en que ha estado cotizando en el sistema de la Seguridad Social, así sea como asalariado/a (trabajador/a por cuenta ajena) o bien como autónomo/a (trabajo por cuenta propia).
Se puede pedir a la Seguridad Social en el sitio web de la Seguridad Social www.seg-social.es.
¿Una persona inmigrante puede inscribirse a un sindicato?
El Convenio n.º ochenta y siete de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), relativo a la libertad sindical y al derecho de afiliarse, establece que todos/as los trabajadores/as, sin distinción ninguna y sin autorización previa están en su derecho a inscribirse a las organizaciones sindicales que consideren oportuno, sin que sea preciso informar al empresario/a que se está afiliado/a..
Es esencial saber que en España el derecho a inscribirse a un sindicato escogido por cada persona es un derecho individual recogido en la Constitución española así como en el Estatuto de los Trabajadores, y que la libertad sindical es un derecho que tiene una protección singular.
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