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La Primera Visita Del Cliente Y Los Honorarios

Âîñêðåñåíüå, 07 Ôåâðàëÿ 2021 ã. 03:19 + â öèòàòíèê

La Primera Visita Del Cliente del servicio Y Los Honorarios

Uno de los problemas más recurrentes a los que se encara nuestro colectivo, y muy en especial el de los jóvenes abogados que comienzan su andadura, radica en la dificultad de gestionar adecuadamente el proceso de minutación, entendiéndose por tal, el proceso por el que el abogado informa por primera vez al cliente los honorarios que deberán satisfacerse y concierta con este la manera y tiempo de pago.

Esta complejidad viene abonada por múltiples razones que van desde la inexperiencia del profesional (absolutamente nadie nos ha enseñado a cobrar), la actitud de temor mezclada con determinado rechazo por el propio cliente (lo que lo hace eludir tratar inicialmente sobre ese aspecto), y la preocupación del letrado que le induce a pensar que charlar de honorarios al principio de la relación puede ser contraproducente para la captación del cliente.

A mi juicio, informar en los primeros contactos sobre los honorarios y proceder a su inmediata gestión, es una resolución acertada que va a tener un enorme calado en el desenvolvimiento de la relación profesional. Partiendo de esta idea, vamos a dedicar esta cooperación a exponer el proceso que estimamos más adecuado para solucionar de forma eficaz una fase tan compleja.

Cuando el cliente visita el despacho por primera vez y, una vez expuesto su asunto, nos realiza el encargo, la cuestión de los honorarios debe comentarse bien por petición del usuario o bien, ante su silencio, por el propio abogado. En este segundo escenario (lógicamente más complejo), tendremos que indicarle, al menos, los próximos aspectos:

1º.- Que es política del despacho, antes de empezar con el caso, entregar al cliente del servicio una hoja de encargo en el que se incluirá el presupuesto de nuestros honorarios, con su correspondiente forma de pago;

2º.- Que le enviaremos dicho documento a la mayor brevedad (en veinticuatro horas), una vez estudiemos el expediente entregado.

3º.- Si está conforme con el presupuesto, deberá abonar, en su caso, la primera provisión pedida y mandarnos la hoja de encargo firmada por correo electrónico, en cuyo caso, vamos a dar por admitido exactamente el mismo (artículo 17 del Código Deontológico).

Una vez expuestas estas directrices, el cliente del servicio puede reaccionar de distintas formas, conductas que vamos a examinar brevemente para ofrecer el mejor consejo de cómo hemos de actuar ante las mismas. abogada extranjeria sant andreu de la barca

El cliente del servicio manifiesta que le semeja correcto el proceso y queda a la espera de recibir la hoja de encargo: en este caso, no hay nada que decir, salvo felicitarnos por haber superado esta fase exitosamente.

El usuario nos pide que le adelantemos el precio aproximado de los honorarios: siendo comprensible y legítimo que el cliente del servicio quiera conocer de forma inmediata lo que le costará el encargo, debemos actuar con mucha precaución eludiendo señalarle cifra alguna, pues podríamos excedernos y que al cliente del servicio le parezca caro y lo retire; del mismo modo, si el costo indicado es bajísimo, este va a quedar grabado en la mente del cliente del servicio, y será muy difícil presupuestar sobre ese techo.

Lógicamente, hemos de explicarle que hasta que no estudiemos la documentación con reposo no vamos a poder evaluar con acierto el importe de los honorarios, aunque procuraremos remitirle la información a la máxima brevedad. En estos casos es cuestión de transmitir seriedad; y de hecho, esta contestación sienta las bases de una percepción profesional del letrado, que lejos de tener ya pensado el precio, lo va a estudiar con detalle para alcanzar una cantidad justa y conveniente al trabajo demandado.

Si el cliente del servicio insiste, no queda otra que emplear la técnica del disco rayado

El usuario, con sorpresa, nos señala que pensaba que no cobraríamos hasta la resolución final del caso (favorable) o bien cuando concluyamos la labor encomendada: en estos supuestos, el cliente, bien por puro desconocimiento, bien por picardía (que de todo hay en la Viña del Señor), se planta con su demanda solamente escuchar sobre el tema de los honorarios. Acá el abogado no debe desfallecer, sino que, afirmativamente, exponer al usuario el sistema de minutación que tuviera previsto para el asunto encomendado (honorarios fijos, iguala periódica, por horas), indicándole que el despacho no trabaja en estos casos a resultado. Sin embargo, si existe la posibilidad de pactar esta opción, se le señalará que se va a estudiar dicha posibilidad y, si es factible, se le va a ofrecer una alternativa ceñida a sus necesidades (cuota litis pura o bien mixta), o incluso se podrá explorar en el acto si el cliente del servicio puede efectuar pagos mensuales de escasa cuantía para liquidar los honorarios previstos.

El usuario nos anticipa que carece de recursos económicos hoy en día y que pagará en el futuro cuando se arreglen dos asuntos pendientes: acá lo dejo a voluntad de cada uno, mas es evidente que nos encontramos frente a un mal comienzo, puesto que si bien es de loar la sinceridad del usuario (en frente de otras conductas que todos conocemos), lo apropiado, salvo el deseo de efectuar un pro bono, es exponer al usuario que de esta forma no podemos trabajar, mas que, en cualquier caso le remitiremos el presupuesto para que lo estudie, estando el despacho abierto a facilitarle el pago de forma periódica ajustándonos a sus necesidades.

Para finalizar, apuntar que, como hemos visto, dotar al despacho y a sus miembros de unas reglas claras sobre la determinación de los honoraros, no sólo va a facilitar superar un trance las más veces complejo, sino que, al unísono, transmitirá al usuario formalidad y claridad, puesto que la transparencia en este campo es homónimo de profesionalidad.


 

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