Ayuda Para Inmigrantes |
Preguntas y respuestas sobre de qué manera conseguir ayuda lícita para casos de inmigración - y a quién recurrir.
Vaya a – este es el sitio web del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS por su inicial en inglés). En la parte izquierda de la pantalla hallará un cuadro que dice "Dónde iniciar". Haga click en el menú desplegable para poder ver cuáles son los formularios que necesita.
Si aún no estuviese seguro de saber cuáles son los formularios que necesita, quizás deba recurrir a la ayuda de un letrado especializado en asuntos de inmigración o bien de alguna otra persona autorizada para asistirlo.
Vea el final de esta página para averiguar .
Puede hacerlo por sí mismo. Todos y cada uno de los formularios que necesita son gratuitos. Puede imprimirlos de forma directa desde , puede encargarlos por teléfono llamando al 1-ochocientos-870-tres mil seiscientos setenta y seis, o bien retirarlos en su oficina local del USCIS. No pague nunca para conseguir copias de formularios en blanco expedidos por el gobierno. Los formularios siempre y en toda circunstancia son gratis, aunque seguramente deberá abonar cuando los presente frente al USCIS.
Cualquier persona puede asistirlo a ingresar información en sus formularios de inmigración. Mas lo importante es que esa persona – un amigo, su pastor, un profesor o un familiar – solamente debe escribir o traducir lo que usted le diga. Su ayudante no puede recomendarlo sobre lo que tiene que decir. Esto puede ocasionarle problemas más adelante. Si precisa asesoramiento, asegúrese de recibirlo
de una parte de una persona que esté autorizada por el gobierno de USA para ayudarlo.
Un traductor puede cobrarle un pequeño cargo por traducir su información. Recuerde que nunca tiene que abonar para percibir los formularios.
Puede asistirlo un abogado o bien un representante acreditado que figure en la lista mantenida por la Junta de Apelaciones de Inmigración del Departamento de Justicia.
Vea el final de esta página para descubrir .
Cuando presente sus papeles, el USCIS le dará un recibo. ¡Guárdelo! Ese recibo es el comprobante donde consta que el USCIS recibió su petición o petición. Necesitará el recibo para consultar el estatus de tramitación de su solicitud.
Puede averiguar cuál es el estatus de su petición en , o bien puede comunicarse con el Centro Nacional de Servicio al Usuario del USCIS llamando al 1-800-375-cinco mil doscientos ochenta y tres.
Usted puede charlar en su nombre. Posiblemente no necesite que lo represente otra persona. No es obligatorio. Si quiere que alguien lo represente, necesitará recurrir a una persona que esté autorizada por el USCIS para representarlo. Las únicas personas que están autorizadas para representarlo ante el USCIS son los abogados que son miembros de la asociación o bien instituto estatal de abogados, los representantes acreditados que figuran en la lista mantenida por la Junta de Apelaciones de Inmigración, y otras pocas personas. Los únicos que pueden cobrarle para asistirlo son los abogados y los representantes acreditados.
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En este caso lo puede ayudar un abogado o un representante acreditado. Vea el final de esta página para descubrir . Su letrado debe ser miembro de la asociación o instituto estatal de abogados.
Para localizar un representante acreditado, vea la lista libre en el próximo link electrónico y elija una persona que no tenga las palabras "DHS Only" anotadas a la vera de su nombre: (en inglés).
El término "DHS Only" significa que esa persona puede ayudarlo a llenar una solicitud del USCIS, mas que no puede asistirlo si su caso es remitido a un juez de inmigración o a la consideración de la Junta de Apelaciones de Inmigración.
Verifique su estatus con el USCIS.
Puede descubrir cuál es su estatus en . Ingrese el número de recibo en el cuadro de "Estatus de mi caso" que se halla en la parte izquierda de la web.
Si no tiene el número de recibo, haga una cita con su oficina local del USCIS. Puede hacer la cita de dos maneras:
Las estafas relacionadas con temas de inmigración son ilegales. Si usted o bien algún conocido ha sido testigo o víctima de una de estas estafas, es esencial que lo reporte ante la Comisión Federal de Comercio (Federal Trade Commission, FTC) o ante el fiscal general de su estado. ayuda legal para inmigrantes Vaya a (o bien llame al 1-ochocientos setenta y siete-382-cuatro mil trescientos cincuenta y siete); o para descubrir los datos de contacto del fiscal general de su estado, haga clic sobre el estado correspondiente en el mapa que aparece en (en inglés). La FTC no se ocupa de solucionar quejas individuales sino que ingresa los datos de las protestas en una base de datos electrónica segura que es usada por las autoridades eficientes del mundo entero, entre aquéllas que se incluyen varios funcionarios federales, estatales y locales que identifican tendencias fraudulentas y establecen los casos.
Los abogados pueden aconsejarlo y representarlo. Los abogados, asimismo llamados asesores jurídicos o bien consejeros legales, han de ser miembros del colegio o asociación profesional de sus respectivos estados. El colegio o bien asociación estatal de abogados puede sancionar, suspender o bien aun expulsar a un abogado por incumplir las reglas. Asegúrese de que el letrado que escoja esté correctamente acreditado por la asociación de abogados pertinente y verifique que tenga una buena calificación. Esto significa que no está en problemas por infringir las reglas establecidas para los abogados. Puede buscar un abogado por medio de sitios web del gobierno y de sitios no gubernativos.
Para encontrar un letrado especializado en inmigración que no le cobre o que le cobre honorarios bajos:
Para encontrar un abogado de su localidad que trabaje en asuntos de inmigración:
Para descubrir si una persona es un abogado y para averiguar si un letrado está en inconvenientes por incumplir las reglas:
Los representantes acreditados no son abogados, mas son personas autorizadas por el gobierno para brindar asesoramiento legal en asuntos de inmigración. También están autorizados para representarlo. Estos representantes deben trabajar para una organización que esté reconocida oficialmente por el gobierno de Estados Unidos. Tanto los representantes acreditados como estas organizaciones reconocidas están incluidos en una lista mantenida por la Junta de Apelaciones de Inmigración.
Para encontrar un representante acreditado:
Hay algunas otras personas que están autorizadas por el gobierno para ayudarlo, pero que no pueden cobrarle. Los estudiantes de derecho pueden brindarle asesoramiento legal, con la condición de que lo hagan bajo la supervisión de un abogado o de un representante acreditado. Alguien que viva en su comunidad y que sea reconocido por el USCIS como un "individuo reputado" puede representarlo, pero no puede cobrarle – y estas personas tienen que firmar un documento legal manifestando que no aceptarán que usted les pague.
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