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Abogado Extranjería Barcelona

Ïÿòíèöà, 05 Ôåâðàëÿ 2021 ã. 09:24 + â öèòàòíèê

Abogado Extranjería Barcelona

A menudo nos encontramos con muchas barreras burocráticas y complicaciones que sin duda, complican notoriamente todo esta clase de tramitaciones relacionadas con la Ley de extranjería y también inmigración, por lo que la necesidad de un abogado de extranjería en Barcelona es indispensable.

Disponemos de con experiencia contrastada para administrar su regularización en España de forma veloz, eficaz y segura. Un buen asesoramiento es esencial para conseguir establecerse  y trabajar en España a la vera de los suyos.

Algunos de los servicios más pedidos en Rodenas Abogados son:


  1. Tarjeta comunitaria: familiares de un ciudadano de la Unión Europea.

  2. Autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales: violencia de género, arraigo laboral, por causas humanitarias, por cuenta ajena y por cuenta propia y arraigo social.

  3. Reagrupación familiar: para extranjeros de fuera la UE.

  4. Nacionalidad: por opción, por posesión de estado, por vivienda.

  5. Renovación de la autorización de vivienda temporal y trabajo por cuenta ajena.

  6. Residencia de larga duración.

  7. Autorizaciones de residencia no lucrativa.

  8. Visa Golden

1.-Tarjeta comunitaria: familiares de un ciudadano de la Unión Europea

Tabla de contenido

Por ser cónyuge o bien pareja en verdad de un español o bien comunitario, o bien un ascendente o descendiente, incluso un familiar a cargo, siempre y cuando podamos acreditarlo.

Con la tarjeta comunitaria tiene casi exactamente los mismos derechos que en un español: le da derecho a trabajar (a diferencia de la reagrupación familiar en la que en ocasiones no te da derecho a trabajar). La tarjeta comunitaria temporal se otorga por un periodo de 5 años.

Con las últimas reformas se puede aceptar a familiares, incluso sobrinos, si se acredita que ha acreditado que ha estado a su cargo a lo largo de los últimos años, por ejemplo, con ENVIOS DE DINERO todos y cada uno de los meses.

También se puede por ejemplo: si un de España TIENE UN HIJO con un extranjero, el hijo de España puede solicitar la tarjeta comunitaria a nombre de su padre extranjero, si se acreditan ENVIOS de dinero de la madre española al padre extranjero.

Modelo de solicitud EX 19

Marcar en la casilla la opción tarjeta comunitaria y firmado por ambas partes.

Documento vínculo de parentesco


  • Apostillar o bien Legalizar el Certificado de matrimonio extranjero y más tarde inscribirlo en el Registro Civil del domicilio. Se suele llamar también Proceso de Inscripción en el RC de España o Transcripción de certificación de extranjería. Ha de estar adecuadamente legalizado y/o apostillado y traducido.

  • En su defecto, certificado de nacimiento de los hijos para acreditar dicho vínculo.

  • Libro de familia.

  • Certificado de convivencia o Certificado de empadronamiento familiar.

Seguro médico público o privado del extranjero


  • El seguro privado acostumbra a costar cincuenta euros al mes (sin copagos y con total cobertura), para acreditar cualquier tipo de contingencia que se pudiera causar durante nuestro tiempo de residencia en España.

  • O Tarjeta de la Seguridad Social.

Acreditación de medios económicos del ciudadano español o bien comunitario


  • Si el español tiene actividad por cuenta Extraña, aportar contrato, Declaración de la renta y afiliación a la Seguridad Social.

  • Si el español es trabajador por cuenta Propia: toda la documentación que consideremos válida para acreditar esa disponibilidad de medios económicos: Certificado cuenta bancaria, nóminas, ingresos de alquileres, certificados de pensiones, títulos de propiedad.

Acta de nacimiento del cónyuge de España.

Fotocopia del D.N.I de España.

Una vez que esté toda la documentación reunida les acompañamos a pedir cita anterior en las Oficinas de extranjería de Barcelona.

2.- Autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales

Violencia de género


  • Haber denunciado, un orden de protección o bien uniforme del ministerio fiscal.

  • Modelo EX10.

  • Copia del pasaporte.

  • Todo documento público extranjero ha de ser legalizado en el país de origen o Ministerio de temas exteriores, salvo que se haya apostillado en el país emisor si pertenece al Acuerdo de la Haya.

  • Autorización provisional de vivienda y trabajo.

  • Presentar en el momento de la huella pasaporte y Solicitud tarjeta de identidad de extranjero EX17,

  • Tasa de la tarjeta, pero 3 fotografías

  • En el plazo de 1 mes desde la concesión de la vivienda tiene que pedir la tarjeta

Arraigo laboral


  • Haber continuado en España durante 2 años (sin salir más de noventa días en los 2 años). Documentación acreditativa permanencia en España

  • Relaciones laborales no inferior a seis meses.

  • IMPRESO EX-diez.

  • Antecedentes penales durante los últimos 5 años anteriores a la entrada en España

  • En el plazo de 1 mes desde la concesión de la residencia debe solicitar la tarjeta.

Arraigo social


  • Haber permanecido en España 3 años (ausencias menos de ciento veinte días).

  • Pasaporte completo actual.

  • Tener una OFERTA DE TRABAJO por tiempo indefinido o de duración mínima de 1 año: el empleador tendrá que acreditar medios económicos suficientes. Si es persona física, la Declaración, si es persona jurídica Impuesto de sociedades del año precedente. En caso de sociedad, es conveniente también la declaración de Impuesto sobre el Valor Añadido e IRPF.

  • Poner una “Cláusula en el contrato” en que diga que solo va a entrar trabajar cuando tenga autorizada la residencia.

  • Empadronamiento histórico: caso de que tenga Padrón en múltiples urbes hacer un Escrito al Ayuntamiento de cada una de las urbes. Los empadronamientos se renuevan cada 2 años.

  • Informe de Arraigo Social. El precio de la tasa es de 30,60 euros.

  • Tendrá que realizar un Curso de “Conoce las leyes”: precio incluido en la tasa y de duración de 1 día intensivo.

  • Se le va a dar Cita con la trabajadora social que le solicitará contrato de trabajo y los documentos para acreditar su permanencia continuada (facturas médicas de todos los años, por servirnos de un ejemplo).

  • Tener vínculos familiares, integración laboral y sociocultural (cursos de español, informática, aprender leyes y constitución, carné de conducir, cualquier curso de formación, CONSULTA MÉDICA EN LA SANIDA PUBLICA, ASÍ COMO CUALQUIER DOCUMENTACION MUNICIPAL, LOCAL O ESTATAL).

  • Carecer de antecedentes penales en los últimos 5 años de entrada en España)

  • Empadronamiento vigente.

  • Contar con contrato de trabajo para un periodo no inferior a un año (100 por cien IPREM si no hay familiares a cargo).

  • Acreditar medios de tipo económico suficientes (declaración de IRPF, IVA o IS), Informe vida laboral..

  • Tasa modelo 790. En el plazo de un mes va a deber formalizarse el alta en la SS en la compañía que hizo oferta de empleo. Pedir TIE (modelo ex17)

  • Rellanar el Modelo EX-diez.

Por causas humanitarias


  • Ser víctima delitos del trescientos once a 315 y 511 y quinientos doce contra los derechos de los trabajadores.

  • Victima por motivos racistas, ideología o bien religión. telefonos de abogados de inmigracion

  • Certificados con antecedentes penales los últimos cinco años.

  • Tasa setecientos noventa.

  • En el plazo de un mes de la concesión de la autorización va a deber solicitar la tarjeta de vivienda de extranjero (eEX-17). Y presentar en el trámite de huellas. MODELO EX-10.

Por cuenta ajena


  • Contrato de trabajo firmado: para conseguir la vivienda por trabajo por cuenta ajena te tienen que hacer una OFERTA DESDE EL EXTRANJERO.

  • Modelo EX- doce.

  • INDICAR EMPRESA CIF, SA o bien S.L.

  • Garantía de solvencia (IRPF, IVA, IS o informe de vida laboral de la empresa (VILE)). Si el empleador es una persona física deberá acreditar el 100 por ciento del IPREM.

  • Contrato laboral vigente, nuevo contrato laboral o acreditar haber trabajado durante los últimos seis meses o tres meses si se interrumpió por causas ajenas al trabajador.

  • Alta en la seguridad social al menos nueve meses de 12.

  • Modelo 790.

  • Impreso de solicitud modelo EX tres.

  • Informe de integración de la Comunidad autónoma.

  • Prestación contributiva.

  • Trámite de huella.

Por cuenta propia


  • Documentación que acredite la formación, licencias para realizar la actividad.

  • Acreditación inversión mínima.

  • Valoración emitido por Federación Nacional de asociaciones de empresarios y trabajadores autónomos (ATA).

  • Unión de profesionales y autónomos (UPTA).

  • Confederación intersectorial de autónomos del estado español (CIAE).

  • Organización de profesionales autónomos (OPA).

  • Unión de asociaciones de trabajadores autónomos y emprendedores (UATE).

3.- Reagrupación familiar


  • No ser ciudadano de la Unión Europea (a diferencia de la tarjeta comunitaria).

  • Modelo EX02.

  • Carecer de antecedentes

  • Abonar tasa.

  • Medios económicos suficientes (150 por cien del IPREM, copia del contrato de trabajo, declaración Impuesto sobre el Valor Añadido, IRPF o IS, copia del NIF de la empresa).

  • Disponer vivienda adecuada. Se puede reagrupar a cónyuge o bien con quien sostenga una relación de afectividad análoga?, hijos del reagrupante y del cónyuge, y ascendiente s en primer grado.

  • Copia del pasaporte del reagrupado

  • Libro de familia

  • Seguro médico.

  • Certificado antecedentes penales a los mayores de edad en los últimos cinco años.

  • TIE (modelo EX17)

  • Justificante abono tasas y tres fotografías.

  • Haber residido el reagrupante cuando menos un año en España.

4.- Nacionalidad

Nacionalidad por opción


  • Todos los extranjeros que han nacido fuera de España de padre o bien madre, abuelo o abuela que han sido españoles de origen, pueden solicitar la nacionalidad de España con un año de residencia legal:

  • Sujetos a la patria potestad de un de España (existe esta variación en arraigo social, con hijo menor hijo de comunitario), padre o bien madre hubiese sido de España y hubiera nacido en España.

  • Se solicita en el Registro Civil del interesado.

  • Se extingue a los 2 años de cumplir la mayor parte de edad. No obstante, y en virtud del artículo 20.3 del Código Civil, quedan exentos a dicha caducidad las personas cuyo padre o bien madre hubiese sido originariamente español y natural de España.

  • Documentación: Identificación del solicitante y de los progenitores (documento de identidad, Pasaporte, etc.)

  • Certificado de empadronamiento.

  • Certificado o bien partida de nacimiento del demandante extranjero con el sello de la Puntualiza de la Haya o Legalización ante el Consulado español

  • Y certificado o partida de nacimiento español de los padres: Registro Civil en España (padre o bien madre originariamente de España) o bien Registro Civil o Central o Consular (padre o bien madre nacionalizados español)

  • Autorización notarial de los padres en caso de no estar presente en el momento de presentar la petición.

Nacionalidad por posesión de estado


  • Si ha residido legalmente en España durante diez años y de forma continuada, esto es con una autorización de vivienda va a tener derecho a adquirir la nacionalidad española.

El tiempo demandado será menor si te hallas dentro de estos requisitos:


  1. Todas aquellas personas que han NACIDO EN ESPAÑA pueden solicitar la nacionalidad de España al cumplir un año de vivienda.

  2. Los extranjeros CASADOS CON UN ESPAÑOL, siempre y cuando no estén separados en verdad o legalmente, pueden pedir la nacionalidad de España cumplido un año de vivienda legal y continuada.

  3. Los REFUGIADOS POLÍTICOS o bien aquellos que han logrado asilo, pueden pedir la nacionalidad española habiendo residido legalmente y de forma continuada durante 5 años.

Si es usted natural de algún país latinoamericano, Andorra, Filipinas, G. Ecuatorial, Portugal o Sefardíes, tendrá que tener un par de años de residencia legal en España para pedir la nacionalidad española.

Requisitos para obtener la nacionalidad


  •  Cuando menos 10 años de vivienda legal en España, excepto asilados que son 5 años y dos años para ciudadanos iberoamericanos (lengua oficial español y portugués) y artículo 22 de CC (1 año quien haya nacido en territorio español).

  • Modelo de petición normalizado.

  • Tarjeta de identidad de extranjero.

  • Pasaporte completo (todas las hojas).

  • Certificación de nacimiento del cónyuge de España.

  • Certificado de matrimonio legalizado traducido y apostillado.

  • Certificación de antecedentes penales de su país de origen traducido y legalizado para acreditar la buena conducta cívica( si no habrá que cancelarlos).

  • Justificante pago de la tasa.

  • Certificado de empadronamiento.

  • Diplomas del Instituto cervantes (CCSE costo ochenta y cinco euros y dele, las inscripciones se hacen on-line y DELE en el Instituto Cervantes ciento cuarenta y dos euros). Tasa ciento uno euros. Estas dispensado de hacer estos exámenes los que tengan la Educación secundaria obligatoria, los que tengan complejidad de aprendizaje r y los que no sepan ni leer ni escribir).

  • Empadronamiento conjunto para acreditar al convivencia con el ciudadano de España.

  • No pasar un buen tiempo fuera de España(no + de 3 meses), y si no justificarlo.

Nacionalidad española por Residencia (plazo reducido por matrimonio con de España)

Los extranjeros casados con un nacional de España podrán pedir la nacionalidad española por matrimonio después de un año de vivienda legal en España.

La vivienda debe ser de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud, que deberá presentarse en el Registro Civil de su domicilio en España.

* Los dos procedimientos precedentes son del mismo modo válidos, siempre hay que aportar el Certificado textual del matrimonio a los efectos de acreditar el estado civil.

Matrimonio con un extranjero irregular

Condiciones y requisitos:


  • Para que este matrimonio se considere válido y legal es indispensable que, al menos, uno de los contrayentes tenga domicilio en España. O sea, que tenga un certificado de empadronamiento en algún ayuntamiento del Estado.

  • Ambos contrayentes deberán pasar por una Audiencia Reservada separadamente. Esta audiencia, o entrevista personal, la hará un Instructor asignado por la Dirección General de los Registros y del Notariado. La meta es asegurarse que no hay ningún obstáculo ni obstáculo legal para la celebración de la boda. También se verificará que los dos miembros están en plena capacidad de aceptar un compromiso matrimonial.

  • El matrimonio va a ser válido siempre que se celebre frente a un juez, regidor o funcionario habilitado por el Código Civil o bien ante cualquier Notario de España escogido por los cónyuges.

5.- Renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena


  • Es necesario un contrato laboral vigente, nuevo contrato laboral o acreditar haber trabajado a lo largo de los últimos 6 meses o bien 3 meses si se interrumpió por causas ajenas al trabajador.

  • Alta en la seguridad social al menos nueve meses de doce.

  • Modelo 790.

  • Impreso de solicitud modelo EX – tres.

  • Informe de integración de la Comunidad Autónoma.

  • Prestación contributiva.

  • Trámite de huella.

¿Que otros trámites de extranjería realizamos en Barna?

Representación frente a los Tribunales

A diferencia de muchos aconsejes o bien gestores que ofrecen servicios de extranjería, nosotros somos abogados especialistas en el área de Extranjería, nacionalidad y e Inmigración, con más de quince años en el sector.

Por lo tanto, tenemos el conocimiento y la experiencia suficiente para solucionar todo tipo de asuntos con solvencia:


  • Representación de sus intereses ante todos y cada uno de los órganos de la administración pública, juzgados y tribunales de Barcelona y el resto de España en el caso de encontrarse de forma irregular en España.

  • Intervención eficiente en las distintas situaciones de expulsión directa del territorio de España en las que pueda encontrarse el cliente del servicio en cuestión.

  • Recursos de extranjería: denegación de nacionalidad, decretos de expulsión, rechazados en frontera, recursos contra denegación de visados.

  • Presentación de cartas de convidación.

  • Obtención de NIE.

  • Solicitudes de Asilo y cobijo con abundantes casos de éxito.

  • Presentación de cartas de convidación.

Trámites relacionados con la Ley de emprendedores


  • Obtención de permisos de residencia y de trabajo para ciudadanos inversores.

  • Emprendedores.

  • Trabajadores enormemente cualificados, contratos, entre otros.

  • Obtención de Golden Visa para grandes inversores.

  • Movimiento intraempresariales de trabajadores, trabajamos de manera directa con empresas, por el hecho de que su éxito es nuestro éxito, pruébenos.


 

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