La PolicíA Nacional Reactiva El Servicio De DocumentacióN De Ciudadanos Extranjeros |
La Policía Nacional en Zaragoza está reanudado de forma gradual y progresiva los servicios de documentación de extranjeros de esta provincia, tras cumplirse los requisitos sanitarios para la fase tres de la desescalada del confinamiento en Aragón.
En una nota de prensa, la Jefatura Superior de Policía de Aragón ha explicado que para realizar esta clase de trámites, los ciudadanos van a deber obtener su cita previa, que es obligatoria, en
Del mismo modo, en las oficinas de la Unidad de Documentación de Extranjeros se han instalado mamparas, se ha adoptado un sistema de desinfección y distancias de seguridad, siendo preceptivo el uso de mascarilla para garantizar la continuidad del servicio.
La Policía Nacional ha recordado que, mediante su página,, ofrece información detallada sobre los trámites, en especial en lo referente a la prórroga de la vigencia de ciertos documentos.
Asimismo, ha indicado que se sostiene habilitada la dirección de correo (zaragoza.bpefasilo@policia.es) para atender consultas relacionadas con la validez de los documentos expedidos en el ámbito de la protección internacional.
INSTRUCCIÓN
La pedir cita extranjeria recordado a los ciudadanos extranjeros y a las diferentes instituciones y organismos que realizan actos jurídicos o administrativos que con fecha de 20 de mayo se han dictado unas instrucciones para dotar de seguridad jurídica a los ciudadanos extranjeros afectados por la crisis sanitaria, como para evitar la saturación de las citas de solicitudes de renovación de todo género de tarjetas.
Según estas instrucciones, se prorrogan por un plazo de seis meses las cédulas de inscripción de extranjeros indocumentados cuya vigencia haya caducado a lo largo del estado de alarma o en los noventa días naturales anteriores a la fecha en que se decretó, a contar desde la fecha en que hubiera expirado la valía del documento.
Además, el demandante de una carta de invitación, emitida con anterioridad a la declaración del estado de alarma que no haya podido ser empleada por coincidir la data de entrada prevista con la vigencia del mismo, va a poder solicitar a la misma dependencia que se la expidió, la cancelación de exactamente la misma, como el reembolso de las tasas por expedición de la carta --tasas en término de carta de invitación-- y las de tramitación --tasas en concepto de autorización de expedición--, debiendo hacer entrega imperdonablemente del original de la misma a la plantilla actuante.
El resguardo de presentación de petición de protección internacional --resguardo blanco--, que hubiese sido expedido de antemano al estado de alarma va a ver prorrogada su vigencia en nueve meses a contar desde la expiración de la valía del documento, siempre y cuando no se haya notificado negativamente la resolución del expediente.
Por su parte, el documento acreditativo de demandante de protección internacional --tarjeta roja-- y el documento acreditativo de demandante de condición de apátrida --tarjeta verde-- que hubiesen sido expedidos de antemano al estado de alarma verán prorrogada su vigencia siete meses desde la expiración de la validez de los documentos, siempre y cuando no se haya notificado negativamente la resolución del expediente.
Asimismo, están canceladas todas las citas que hubiesen sido concedidas hasta el día de la fecha para atender la renovación de los referidos documentos.
OTRAS INDICACIONES
La cita instrucción también señala que el resguardo de presentación de solicitud de protección internacional --resguardo blanco--, así como los documentos acreditativos de demandante de protección internacional --tarjeta roja--, acarrearán, a partir de los seis meses desde su fecha de emisión, el derecho a trabajar, independientemente de que no lleve incorporada la historia de leyenda 'Autoriza a trabajar', siempre y cuando no se le hubiese notificado de manera negativa la resolución de su solicitud.
Por su parte, el documento 'volante' de manifestación de voluntad de petición de protección internacional que hubiese caducado como consecuencia del estado de alarma ha prorrogado de forma automática su validez durante la vigencia del mismo y a lo largo de los 3 meses siguientes desde la fecha en que se decrete su levantamiento a los fines exclusivos de garantizarle el derecho de no devolución, sin perjuicio de que el interesado deba, en dicho plazo y a la mayor brevedad, tramitar la expedición de un nuevo volante a fin de que se le asigne una nueva fecha de formalización.
Los documentos de viaje de quienes tengan reconocida la protección internacional o el estatuto de apátrida, cuya vigencia hubiera caducado a lo largo del estado de alarma o en los 90 días naturales anteriores a la fecha en que se dictaminó se han prorrogado exactamente los mismos términos en los que se haya ampliado la valía de sus tarjetas de identidad de extranjero --prórroga de seis meses desde el instante en que concluya el estado de alarma--.
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