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Sede Electrónica

Понедельник, 15 Февраля 2021 г. 04:26 + в цитатник

Sede ElectróNica

Qué es

Solicitud o bien obtención de documento en el que se haga constar la situación registral actual de una persona en el Padrón Municipal
de Habitantes. Si la persona interesada no figura en el Padrón en el documento se hará constar ese hecho como el tiempo
y los domicilios donde haya estado censada en Pamplona desde el año mil novecientos noventa y seis.

Quién puede efectuar el trámite

La persona interesada u otra en su nombre si se pide personalmente en la Oficina del Padrón del Municipio de Pamplona.
La persona titular del certificado digital si se emplea el procedimiento electrónico.

Cómo efectuar el trámite

ON LINE

Tramitar con certificado o bien Cl@ve

Al pulsar sobre el enlace si no ha accedido va a acceder a su Carpetita Ciudadana. Después un asistente le irá guiando y le pedirá
el género de volante que desea. En el momento en que se compruebe su empadronamiento obtendrá al momento en su pantalla el volante firmado
electrónicamente. Además va a quedar depositado en el buzón de su carpeta ciudadana.

Tramitar sin certificado

Con esta alternativa va a acceder a una página donde podrá pedir el género de volante que precisa. Una vez que se reciba su petición
en el Servicio de Atención al Ciudadano se le enviará el volante por correo postal a la dirección de PAMPLONA en la que la
persona interesada esté censada.

Importe

Gratuito.

Condiciones de solicitud

No hay plazos de solicitud.
Para conseguir el volante electrónicamente es necesario disponer de Certificado Digital.

CANALES DE SOLICITUD:
Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del Municipio de Pamplona: IMPRESCINDIBLE SOLICITAR CITA PREVIA TELEFÓNICAMENTE (010
ó 948-cuatrocientos veinte cien) O bien TELEMÁTICAMENTE EN LA WEB MUNICIPAL.
Sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona (procedimiento electrónico - con certificado digital).
Para personas que ya no están empadronadas en Pamplona, por escrito vía e mail padron@pamplona.es o fax novecientos cuarenta y ocho-cuatrocientos veinte doscientos veintiseis.

Documentación a presentar

Si se pide personalmente en la Oficina del Padrón del Ayuntamiento de Pamplona, documento en vigor que acredite la identidad
de la persona a inscribir: documento de identidad, carnet de conducir de España, tarjeta de extranjero o bien pasaporte. Si el documento está caducado,
aportar petición de renovación. Si se pide de un menor no emancipado, documento que acredite la filiación y representación
del menor: libro de familia o partida de nacimiento.
Autorización firmada y fotocopia del DNI del interesado si se pide en su representación en la Oficina
del Padrón del Municipio de Pamplona.
Para personas que ya no están empadronadas en Pamplona, solicitud por escrito vía e-mail (padrón@pamplona.es) o fax (novecientos cuarenta y ocho-cuatrocientos veinte doscientos veintiseis)indicando
el domicilio donde quieren recibir el volante, y copia del documento nacional de identidad.

Más información

ESTE TIPO DE VOLANTES SON DEMANDADOS PARA:
Permiso de vivienda para extranjeros (Tipo: Certificado).
Adquisición de nacionalidad.
Renovación permiso de conducción.
Permiso de circulación.
Transferencias de vehículos.
Matriculación nuevamente vehículo.
Matrícula en guarderías.
Colegios.
Universidad.
Solicitud de vivienda de protección oficial (Tipo: VPO con fecha de antigüedad en municipio).
Abono para piscinas municipales (familiar o bien individual).
Plazas de parking para residentes.
Condición civil de navarro (Registro Civil).
Matrimonio civil (Registro Civil).
Seguridad Social: cartilla de la Seguridad Social, solicitud de sueldo social, pensión no contributiva y otros.
Telefónica (descuento IRPF) (Tipo: volante con observaciones).
Delegación de Hacienda.
Becas y ayudas.
Descuentos en entradas de cine.
Carné de transportista.
Madera de Urbasa.
Asignación de letrado de oficio.
Puestos en mercadillos.
INEM, Bienestar Social, Servicios Sociales, IMSERSO y asistencia médico-farmacéutica.
Trámites judiciales y notariales (separación, declaración de herederos, etcétera).
Fé de vida.

Normativa

NORMATIVA LEGAL:
Ley que altera la Ley de bases de Régimen local con relación a el Padrón Municipal (Ley 4/1996, de 10 de enero; BOE once
de 12/01/1996).
Real Decreto que altera el Reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales a probado por el Real
Decreto ciento sesenta y nueve de veinte de diciembre; BOE 14, de 16/01/1997).
Resolución sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre administración del padrón municipal de treinta de enero de 2015 (BOE
setenta y uno de 24/03/2015).
PLAZO DE TRAMITACIÓN: inmediato.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
RESOLUCIÓN: no procede.
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier género de documentación complementaria para la correcta
administración del tramite.

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