Visas Eeuu No Inmigrantes |
Iniciamos con éste una serie de artículos relativos al derecho migratorio de los E.U.. Entre otras, se apuntan ciertas vías para hacer inversiones, así como todas las cuestiones relativas a actividades empresariales en dicho país.
Son trabajos elaborados por el Doctor en Derecho D. Miguel Mirabal-Senra, hoy en día , nuestro despacho cooperador en la ciudad de Miami, E.U.. abogados de inmigracion
La segunda fuente más grande de inversionistas para Florida (EEUU) es Europa, siendo la primera América Latina. Este artículo es un breve resumen de las Visas más favorecidas por los empresarios e inversores en los USA. Con la crisis inmobiliaria y bancaria en el Estado de la Florida, cientos de nuevas ocasiones empresariales se han abierto para todos y cada uno de los niveles de inversores Europeos. La razón es simple, el idioma puesto que la lengua franca de negocios en la ciudad de Miami es el castellano, vuelos directos y diarios entre la capital española ( las Grandes capitales Europeas) y Miami, seguridad, estado de derecho y comodidades de inversión y también inmigración para los empresarios e inversionistas. ¡Si se preguntan si hay inversiones para todos, la respuesta es rotundamente que SI! Se puede hallar en costes muy descontados o en remate pisos de lujo en frente de las famosas playas de “South Beach”, “Brickell Avenue”, hoteles y proyecto de condominios, y hasta bancos. Hacerlo es más fácil de lo que muchos empresarios e inversores piensan, ya que hay muchos despachos de abogados españoles ubicados en Miami que pueden aconsejarlos sobre las leyes de los dos países.
Cuando el empresario o inversionista ya esté listo para iniciar los trámites de adquirir o adquirir un negocio o inversión en Florida, hay que pensar en la forma más aconsejable de gestionar una visa a EEUU para poder visitar frecuentemente y sin demoras en las líneas o bien preguntas interminables en la oficina de la inmigración americana, con el visado de turista o bien el programa de “Visa Waiver”. Las leyes de los EEUUA no contemplan una vivienda de hecho o bien una vivienda inmediata, salvo un cónyuge, padre o bien hijo mayor ciudadano de los EEUUA. El Código de Inmigración de los U.S.A. establece varias categorías de visas no-inmigrantes para aquellos extranjeros que desean entrar a los EEUUA por distintas razones. Algunas de éstas le permiten al extranjero trabajar, bajo determinadas condiciones, en los EEUU. Todas son muy específicas en lo que se refiere a las condiciones bajo las que el extranjero puede entrar y continuar en el país. El proceso de petición de las visas, y los periodos máximos de estancia asimismo varían. Ciertas visas conceden ciertos beneficios a los cónyuges e hijos menores de 21 mientras otras no.
Para las visas que ahora se especifican, no importa la ciudadanía o bien nacionalidad del extranjero, salvo para las visas Y también. Para todas las demás todos y cada uno de los requerimientos y todos y cada uno de los requisitos se aplican igual, no obstante el hecho de que sean portadores de determinados pasaportes. Al igual, aquellas personas que son ciudadanos de países a los cuales no les hace falta visa para entrar a los EEUUA como turistas, o bien como visitantes de negocios, deben cumplir con exactamente los mismos requisitos.
B1/2 Visitantes por turismo o bien negocio
E Inversionista o Negociante por Tratado
H Profesional
L Intercambio de Ejecutivo o bien Gerente
EB-cinco $ 500k a $ 1 Millón Inversión Comercial o bien en Zona designada por el EEUU
En términos simplificados Visas para Empresarios y Inversionistas tienen estos caracteres.
La Visa B-1 es Visitante de Turismo y B-2 Visitantes por turismo/ negocio. B-2 es un Turista que viene a Estados Unidos con la intención de buscar algún negocio rentable. Esto es con el sin el “Visa Waiver” que le otorgan con regularidad a los Europeos. Esta visa es por norma general por 90 días y de manera fácil aprobada, mas la persona debe escoger B-1 simple turista o bien B-2 Turista con pretensiones de buscar negocios. Si la del empresario o bien inversor ya tiene su “Visa Waiver” concedido previamente por la embajada o bien consulado de los EEUU en su país, no tiene que hacer nada más que solo viajar a los EEUU sin previo aviso. El inconveniente surge cuando el empresario o inversor viaja con frecuencia a los Estados Unidos, o sea múltiples veces por año, puede ser que le anulen su B-1/B-dos “Visa Waiver’. Esta clase de visa nunca se puede transformar en una residencia o bien nacionalidad de los E.U..
La Visa E es para Inversor o Negociante por Tratado con los USA. España y los U.S.A. han firmado este tratado. Inversores, comerciantes y sus empleados pueden recibir visas para abrir negocios. Tienen que venir de un país que tenga un tratado comercial con los U.S.A..
La Visa H1-B es para Profesional Trabajadores profesionales con al menos un grado de licenciatura (o su equivalente en experiencia), son elegibles para una visa si tienen un empleador y van a ser remunerados de igual forma que un trabajador americano de su categoría. Con esta Visa el empresario o bien inversor puede aplicar para la vivienda permanente en los USA tras 3 años y a la Nacionalidad de los USA tras tres años.
La Visa L es denominada únicamente para Intercambio de Ejecutivo o bien Gerente. Están libres para ejecutivos, gerentes y ciertos empleados que son transferidos a los U.S.A. por compañías en el extranjero. Personas con esta clase de visa pueden pedir su vivienda permanente sin necesidad de conseguir un certificado de tarea. Con esta Visa el empresario o inversor puede aplicar para la vivienda permanente en los Estados Unidos tras 3 años y para la Nacionalidad de los E.U. después de tres años.
La Visa EB-1, se les da a Extranjeros con Extraordinarias habilidades, Señalados Profesores, Investigadores y Ejecutivos. Estas personas en general tienen ofertas de trabajo, pero deben demostrar que ningún ciudadano americano podría desempeñar ese trabajo tan bien como . En el caso de probar que su residencia es de interés nacional, los requerimientos para la oferta de trabajo y el certificado de tarea son suspendidos.
La Visa EB-tres, se les da a Profesionales y Trabajadores Calificados.
Estas personas tienen una oferta de empleo y el empleador debe ocupar el proceso para su certificado de labor.
La Visa EB-5 es para Inversionistas que contemplan invertir $ 500k a dólares americanos 1 Millón en una Inversión Comercial o bien en Zona designada por el Estados Unidos. Bajo el acta de Inmigración del Congreso de 1990, se han dado 10,000 visas al año para inversionistas que producen empleo a diez personas. Inversores bajo este programa invierten cuando menos $ 500,000 en áreas rurales, o áreas de desempleo, especialmente ciertos y calificado por el gobierno de los E.U.. Con esta Visa el empresario o inversor puede aplicar para la vivienda permanente en los Estados Unidos tras dos años, y para la Nacionalidad de los U.S.A. tras 3 años.
En Conclusión:
La política de inmigración de los U.S.A. busca impulsar inversión y desarrollo de negocios. Por esta razón, la ley provee muchas opciones alternativas de inmigración para inversores y ejecutivos extranjeros que procuran hacer negocios en los E.U. si ellos pueden revisar un lícito o substancial negocio en los Estados Unidos. Se recomienda que emplee a un letrado con conocimientos en el área de inmigración, a fin de que se encargue hacer todos y cada uno de los trámites de las visas.
Miguel F. Mirabal-Senra
Doctor en Derecho
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