PróRroga AutomáTica Del Nie Estado De Alarma |
Hoy miércoles veinte de mayo de 2020 se ha publicado en el por la que se concede la prórroga automática del NIE de los extranjeros que se hallen en España con una autorización de estancia por estudios o bien con un permiso de vivienda y/o trabajo.
Esta muy importante medida que llevábamos esperando, se adopta para eludir que los ciudadanos extranjeros puedan encontrarse en una situación de irregularidad sobrevenida tras el estado de alarma.
Por ello se ha ordenado la prórroga automática del NIE, en términos más precisos se han prorrogado de manera automática todas aquellas autorizaciones de vivienda y/o trabajo y las autorizaciones de estancia por estudios previstas en la normativa de extranjería.
En este post te contaremos todos y cada uno de los detalles de esta prórroga automática y de qué forma te afecta.
Si ya has presentado la petición de prórroga, renovación o bien modificación deja de preocuparte por el hecho de que esta prórroga automática del NIE te va a ser igualmente de aplicación siempre y cuando tu petición no se haya resuelto expresamente, y si recibes la resolución de tu solicitud y es más favorable, la prórroga automática quedará sin efecto.
En cualquier momento durante la vigencia de esta prórroga automática del NIE vas a poder solicitar la renovación, prórroga o modificación de tu permiso conforme a la normativa de extranjería, aun lo vas a poder hacer hasta 90 días después de la fecha de finalización de esta prórroga automática, sin perjuicio de la sanción que corresponda por el retraso.
Si precisas ayuda con la renovación, prórroga o bien modificación de tu permiso puedes contactar con nosotras a través del formulario de contacto de nuestra web .
Si te conceden la renovación, prórroga o bien modificación que hayas pedido la vigencia del nuevo permiso se retrotraerá al día después al de la caducidad de la autorización prorrogada.
Esta prórroga automática del NIE no va a ser de aplicación a las autorizaciones de estancias formativas temporales de graduados y especialistas en Ciencias de la Salud en activo en países con los que se haya subscrito convenios de cooperación cultural, reguladas en el artículo treinta del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero.
Las Tarjetas de familiar de ciudadano de la Unión que hayan expirado desde el 15 de diciembre de dos mil diecinueve, también quedan prorrogadas a lo largo de la vigencia del estado de alarma y hasta un periodo de seis meses tras la finalización de este.
También se ordena la prórroga automática del NIE de los residentes de larga duración cuya tarjeta haya expirado a partir del quince de diciembre del 2019. La prórroga automática se extenderá hasta seis meses tras la finalización del estado de alarma.
La prórroga automática del NIE afecta a todos los permisos que hemos mencionado, independientemente de si te hallas en España o fuera de España.
La orden establece que podrás entrar en España con la presentación de tu pasaporte en vigor y la tarjeta caducada.
Esperamos que compañías aéreas y puestos fronterizos internacionales tengan acceso a esta Orden a fin de eludir retrasos e inconvenientes.
Adicionalmente, la Orden establece que a los efectos de estimar acreditada la continuidad de la vivienda, no se computarán las ausencias del territorio español si no has podido regresar a España por el COVID-diecinueve.
También vas a poder entrar en España con la presentación de tu pasaporte en vigor y el visado caducado.
Aquellas personas que se encuentren en situación de estancia, por un periodo no superior a noventa días, verán su estancia prorrogada automáticamente hasta un máximo de 3 meses. Esta prórroga es válida únicamente en territorio de España y el periodo prorrogado se va a tener en cuanta a efectos de calcular el tiempo máximo autorizado para futuras estancias.
Si tu visado ha expirado durante la vigencia del estado de alarma, se prorrogará a lo largo de un periodo de tres meses desde la finalización del estado de alarma, siempre que te encuentres en España y no hayas podido retornar a tu país de origen.
Si tienes una cédula de inscripción que haya expirado a lo largo del estado de alarma o desde 15 de diciembre de dos mil diecinueve, también quedará prorrogada su vigencia por un plazo de seis meses a contar desde la fecha en que expiró tu cédula.
Esta medida no se prevé en la Orden SND/421/2020, sino viene preparado en la Instrucción núm. 9/2020 de medidas relativas a la prórroga de vigencia de ciertos documentos expedidos por las Unidades de Extranjería y Fronteras, con motivo del estado de alarma declarado por la urgencia sanitaria COVID-diecinueve.
Si la fecha que tenías prevista para la entrada de tu convidado coincidía con el estado de alarman y el viaje no se pudo efectuar, podrás pedir en la misma Comisaria de Policía donde la conseguiste, la anulación de la carta y el reembolso de las tasas que pagaste.
Para obtener el reembolso y anulación de la carta deberás entregar la carta original, de lo contrario no va a ser posible.
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