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La Reagrupación Familiar De Hijos Mayores De Edad

Ïîíåäåëüíèê, 15 Ôåâðàëÿ 2021 ã. 11:06 + â öèòàòíèê

La Reagrupación Familiar De Hijos Mayores De Edad

Este es un artículo dirigido a todas aquellas personas que han adquirido la nacionalidad de España y tienen hijos mayores de edad en su país de origen a los que quieren reagrupar, es decir, que quieren traerse a vivir a España.

¿Qué se puede hacer en el momento en que un hijo mayor de 21 años nos expresa su deseo de venir a vivir a España? Ya sea a trabajar o bien a estudiar o bien por cualquier otro motivo.

Ante esta situación existen dos posibilidades:


  • Tramitar un permiso de trabajo y residencia a favor de su hijo/a: en este caso va a tener usted que buscar una empresa, una familia o bien un autónomo que tenga de manera perfecta definida su identidad, su estabilidad, su solvencia de forma que puedan acreditar que necesitan cubrir un puesto de trabajo y que estén prestos a ofrecer un contrato de trabajo a su hijo/a.

    Esta vía da sitio a que se tramite un permiso de trabajo y vivienda por vía preferente, o sea, no sometida a las exigencias del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal). abogado de extranjería en valencia En este caso y siempre que la parte contratante (empresa, autónomo o familia) sea estable, sólida y solvente, la solicitud saldrá aprobada.

  • Imaginemos que la primera opción no es alcanzable para porque no tiene quién le haga ese contrato. Pero desea reagrupar a su hijo, aunque sabe que la ley afirma que la reagrupación en régimen comunitario aplica para hijos menores de veintiuno años. Lo interesante en estos casos es que, aunque su hijo sea mayor del límite, usted va a poder reagruparlo siempre que acredite que:

    • su hijo tiene una minusvalía grave y en función de ella depende de usted.

    • su hijo es estudiante y que además de esto usted se está haciendo cargo del pago de sus estudios por medio de giros de dinero que puedan acreditar una dependencia. Es muy importante que contemos con pruebas de que este hijo, pese a ser mayor de edad, depende a nivel económico de .




  • su hijo tiene una minusvalía grave y en función de ella depende de usted.

  • su hijo es estudiante y que además usted se está haciendo cargo del pago de sus estudios mediante giros de dinero que puedan acreditar una dependencia. Es fundamental que contemos con pruebas de que este hijo, a pesar de ser mayor de edad, depende a nivel económico de .

En cualquiera de estos 2 casos, contamos con unas posibilidades muy grandes de que las solicitudes de reagrupación sean aprobadas por parte de las autoridades.

Ejemplo práctico de reagrupación de un mayor de 21 años

Pongamos un ejemplo: su hijo mayor de 21 años está en Colombia, usted se lo quiere traer y también comienza el proceso haciendo un acta de manifestaciones ante notario en la que manifiesta su pretensión de reagrupar a su hijo, así como esta acta le va a remitir a su hijo la copia compulsada de su documento nacional de identidad de España, de su pasaporte de España, prueba de que tiene residencia, prueba de que tiene trabajo. Una vez que su hijo recibe esta documentación va a venir de manera directa a España con esta documentación y con su pasaporte, evidentemente, y sobre todo con prueba los estudios que estaba realizando en Colombia, con su partida de nacimiento que acredite que es su hijo y también con prueba de los giros de dinero que mes a mes usted le estaba girando.

Con todo esto, cuando la persona llegue al aeropuerto en España y le pregunten el motivo de su viaje, no va a tener ningún inconveniente cuando diga que viene a quedarse a vivir con usted, un ciudadano español, aportando todas y cada una de las pruebas precisas para que las autoridades lo verifiquen. De esa forma, su hijo podrá entrar en el país casi con una certeza del 100 por cien . gestor de extranjeria

Una vez que su hijo ya esté en España, se va a deber pedir una cita para regular su situación, esto es, para pedir la tarjeta de residencia en Régimen Comunitario.

En conclusión, si usted ya tiene la nacionalidad española, el hecho de que su hijo sea mayor de 21 años no quiere decir que no lo pueda reagrupar. Si se cumplen los presuntos que hemos descrito, le podrá lograr un permiso de trabajo y vivienda o lo va a poder reagrupar en régimen singular de reagrupación.

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