El Colapso Administrativo Provoca Un Aumento De Consultas En Materia De Extranjería |
Las consultas jurídicas en materia de extranjería son siempre y en todo momento muy recurrentes a lo largo del año en el departamento de Derecho Administrativo de Legálitas, sin embargo, la relajación sufrida durante los principales meses de confinamiento (marzo, abril y mayo) supusieron un promedio de un 18 por ciento con respeto al total de la materia administrativa.
En los últimos meses y en especial estas semanas, se ha registrado un notable incremento de nueve puntos porcentuales (veintisiete por ciento ), llegando incluso al treinta y uno por cien en alguna de ellas, donde una de cada tres consultas recibidas en Administrativo fue sobre asuntos relacionados con extranjería: personas que quieren regularizar su actual situación, que quieren traer algún familiar, demandantes de asilo político que no les resuelven, demandantes de renovaciones o demandantes de nacionalidad entre otras casuísticas. A las dudas que puedan tener con el procedimiento concreto, se añade ahora el problema de no contar con de citas para la tramitación y, en muchos casos como comentan, les caduca dicho procedimiento que es, verdaderamente, la enorme preocupación de todos los afectados.
Pese a que la actual situación produce retrasos en las administraciones y, por tanto, se puedan muestran más comprensivos a la hora de aplicar sanciones, el hecho de tener caducada su tarjeta de larga duración, a nivel extranjería, aunque deba regularse no les debería suponer, en principio, un inconveniente si les parase la autoridad competente con intención de abrir un procedimiento, ni para renovarla aun estando fuera de plazo. De cualquier modo, se recomienda que, en ocasiones, se saquen “pantallazos” de las ocasiones que han intentado sacar cita de forma en línea y la aplicación les ha mostrado que no existen citas disponibles.
No renovar la tarjeta de residencia en tiempo y forma podría suponer una multa llegado el caso, mas no la pérdida del derecho a sostenerla, a tenor por el momento actual que atravesamos. La mayor inquietud que genera inseguridad a los extranjeros residentes en España y que transmiten a los abogados de Legálitas, se refiere a la caducidad de sus tarjetas temporales puesto que, en circunstancias normales, no renovar los requisitos en plazo podría suponer esa tarjeta temporal.
La Administración, con la intención de aportar la debida seguridad jurídica ante la situación generada por la crisis sanitaria y evitar que los extranjeros pudieran encontrarse en una situación de irregularidad sobrevenida por Orden SND/421/2020 de dieciocho de mayo, acordó prorrogar de manera automática todas aquellas autorizaciones que hubiesen vencido durante la vigencia del estado de alarma decretado el 14 de marzo, como de aquellas que vencieron en los 3 meses anteriores a su declaración, o sea, las tarjetas caducadas entre el 14 de diciembre de 2019 y el 21 de junio de 2020.
La prórroga referida surte efectos desde el día después al de la caducidad de la autorización, durante los 6 meses siguientes del estado de alarma, o sea, estas autorizaciones están prorrogadas hasta el 21 de diciembre de 2020.
Normalmente se pueden renovar, mas dependiendo del trámite se hará unos meses tarde o bien temprano de su vencimiento. Por ejemplo, para renovar un permiso de vivienda y trabajo se dispondrá de tres meses más para hacerlo, a contar desde el mismo 21 de diciembre, data hasta la que ha quedado prorrogado su permiso por el estado de alarma.
La orden SND 421/2020 dictamina que queden prorrogadas, por 6 meses desde la finalización del estado de alarma las:
Teniendo en cuenta las prórrogas citadas, la recomendación es procurar lograr cita en Extranjería en la Sede de Administraciones Públicas o bien, si el trámite lo deja, hacer la presentación telemática a través de la Sede electrónica Segregaría de Estado de Administraciones Públicas utilizando un certificado digital. En este caso, una vez presentada en plazo, debemos quedarnos con el resguardo, pues este hecho acredita que se ha presentado en plazo y se comprende prorrogada hasta su resolución.
Actualmente, también se deja la presentación telemática, no solo de renovaciones temporales, sino más bien también, de autorizaciones iniciales.
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